Hola,
Para ver la historia del título puedes consultar:
https://www.diputaciondelagrandezaytitu ... etitulo/?bpones "Ovieco" en título y te sale abajo.
También puedes consultar:
https://es.wikipedia.org/wiki/Marquesado_de_Oviecoque se ajusta bastante a la realidad, aunque le falta las fechas de las sucesiones.
Para ver las sucesiones de los Marabini, línea familiar que actualmente tiene el título:
https://www.boe.es/buscar/boe.phpponer entrecomillado "marques de ovieco" en título.
Comprobarás que esta línea familiar de los Marabini tienen el título desde el 22 de julio de 1983, por lo que para que opere la prescripción adquisitiva, que para los títulos nobiliarios es de cuarenta años (según jurisprudencia desde 1987), faltan dos.
Imagino que ambos, poseedor actual del título y pretendiente, son descendientes directos del fundador del título, por lo tanto para determinar el mejor derecho opera la representación: el mejor derecho lo tiene siempre el hijo mayor (legítimo) del fundador del título, de tal manera que éste será preferido a los demás; posteriormente serían llamados a suceder sus descendientes (por orden de edad y preferencia de masculinidad), si los tuviere y el primogénito hubiese fallecido, siendo preferidos a todos los demás (incluidos los hermanos del primogénito fallecido). Si tienes alguna duda sobre la legislación al respecto solo tienes que poner en google "representación en derecho nobiliario" y te sale multitud de información.
Para determinar exactamente de que línea descendente del fundador proviene la familia Marabini, y su mejor o peor derecho sobre el pretendiente al título, no hay más remedio que elaborar el árbol genealógico de esa familia, o simplemente pedir cita previa, y acercarse un día por el Ministerio de Justicia para consultar el expediente del título de Marqués de Ovieco donde estará toda la documentación genealógica y los árboles que usaron en su día para las sucesiones en el título:
Registro General del Ministerio de Justicia.
San Bernardo, 45.
28015 Madrid.
Teléfono 91 390 21 15 (unidad de títulos nobiliarios)
Después de comprobado el mejor derecho, si lo hubiere, del pretendiente al título, una simple demanda judicial solucionaría el asunto.
Espero haber ayudado, un cordial saludo,