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Monarquía Confidencial Por primera vez en España, un hijo adoptivo reclama un título nobiliario
martes, 02 de marzo de 2010
Carlos Mendoza y Bullón, de 55 años, profesor de Filosofía, reclama el condado de Montalbán (en la imagen) un título creado en 1729 por Felipe V y que, hasta su muerte, llevaba su padre.El matiz está en que Carlos era hijo adoptivo y que su padre adoptivo, era a la vez su tío. La revista Tiempo cuenta esta semana la historia de los Montalbán y Selva Alegre, una historia que promete sentar jurispridencia.
La historia es menos complicada de lo que parece. Comienza con la abuela, Beatriz Mendoza, condesa de Montalbán y marquesa de Selva Alegre. Tuvo tres hijos: por este orden, Alfonso, Beatriz y Carlos. La abuela Beatriz decidió, en vida, repartir los títulos entre sus hijos, y así consta en su testamento, de 1970. En aquel momento ni se pensaba en que las mujeres pudiesen preceder a sus hermanos varones en la sucesión de los títulos, así que la abuela concedió a su primogénito Alfonso el marquesado de Selva Alegre y a su tercer hijo, Carlos, el condado de Montalbán. E hizo algo más, a lo que tenía derecho: prohibió la intervención judicial en su testamentaría, lo cual implicaba que cualquiera de los hijos que demandase al otro para quedarse con lo que ella les había dado perdería su título.
Ningún problema hasta ahí. Alfonso, el mayor, se casó y tuvo tres hijos. Carlos, el pequeño, permaneció soltero y no tuvo descendencia. Y la del medio, Beatriz, se casó con José Semprún (la famosa familia del ex ministro de Cultura Jorge Semprún) y tuvieron un hijo, al que también llamaron Carlos. Pero José, el marido de Beatriz, falleció. Y el pequeño de los tres hijos de la abuela Beatriz, Carlos Bullón de Mendoza, conde de Montalbán, decidió adoptar a su sobrino, Carlos Semprún. Así pues, el tío Carlos pasó a ser, además de tío, padre adoptivo del joven Carlos, que cambió sus apellidos en la adopción y hoy es Carlos Mendoza y Bullón.
¿Puede un hijo adoptivo suceder en un título nobiliario? ¿O tiene preferencia la sucesión biológica? El tío Carlos no las debía de tener todas consigo, y más con la legislación de entonces, porque en 1983 pidió al Rey (que es quien hace y deshace en estas cuestiones) un decreto autorizándole expresamente a designar a su hijo-sobrino como sucesor en el título condal. Y el Rey dijo que sí. El decreto está firmado el 15 de noviembre de 1983. Pero el otro tío del adoptado, Alfonso, no está de acuerdo. Piensa que él, como hermano del conde fallecido, tiene mejor derecho al título que su dos veces sobrino Carlos (la segunda, después de la adopción). Y el Consejo de Estado, a pesar del decreto del Rey, le da la razón y le concede el título. Es marzo de 2008. En enero de 2009, Carlos, el hijo adoptivo, acude a los tribunales. Hace pocas semanas tuvo lugar la audiencia previa, en la que no hubo acuerdo, y la vista del juicio se celebrará el 28 de septiembre de este año.
Lo que en realidad se está dirimiendo es si los hijos adoptivos tienen o no los mismos derechos que los biológicos en el Derecho Nobiliario. Carlos Mendoza Bullón lo tiene clarísimo: “Se trata de aplicar la Constitución, no es ni más ni menos que eso. Cuando salió lo de la sucesión de las mujeres en pie de igualdad con sus hermanos varones, todo el mundo se echó las manos a la cabeza, y el Consejo de Estado también. Pero hoy ya está claro que ellas pueden preceder a sus hermanos en la sucesión a los títulos. Pues esto es igual. La Constitución no hace el menor distingo entre los hijos biológicos y los hijos adoptivos. Yo soy el primero que plantea esa igualdad en la sucesión a un título de nobleza. Tendrá que pasar lo mismo, me tendrán que dar la razón”.
El abogado Javier Timermans, especialista en Derecho Nobiliario y marqués de Villapuente de la Peña, explica por qué no es tan fácil: “El Derecho Nobiliario es un derecho germánico en el que prevalece el 'ius sanguinis', la sangre, la estirpe. Conceder el título a un hijo adoptivo desnaturalizaría ese derecho”. A lo que responde Carlos: “En primer lugar, yo pertenezco a la estirpe, llevo la sangre de la familia, porque soy hijo adoptivo de mi tío, sí, pero hijo biológico de mi madre y nieto de mi abuela. O a ver si la ley va a decir que yo soy hijo de mi padre pero no nieto de mi abuela. Mi abogado argumenta que, con la Constitución vigente, todos los hijos son iguales ante la ley, lo mismo los biológicos que los adoptados”.
No es sólo el viejo condado de Montalbán lo que está en juego. Carlos Mendoza y Bullón heredó de su tío/padre una considerable fortuna y también está en cuestión la posesión de importantes propiedades en Jerez de los Caballeros (Badajoz), tasadas en unos seis millones de euros. También ahí el conde adoptivo tiene que superar una sentencia adversa para él de la Audiencia Provincial de Badajoz. Todo está, pues, en juego. “Incluida la Constitución”, como dice Carlos Mendoza.
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