Pasa por ejemplo con las fotos de Instagram, no hablo ya de los perfiles privados sino de aquellos que publican de forma abierta sus fotos. Aunque sean públicas y visibles por todos, creo, que ya no se pueden distribuir ni publicar sin el consentimiento de la persona que la publica. Por eso, las imágenes de Instagram es mejor compartirlas usando el propio comando que facilita el editor que mediante capturas, de esa forma sigue siendo el usuario quién lo gestiona y sólo rediriges a su Instagram y en el momento en el que elimine esa foto y lo haga privado ya no se puede ver.
Me suena además, no lo recuerdo bien, que los cambios en la ley incluso obligaron en algunos casos a eliminar árboles genealógicos públicos de Geneanet y otros similares o a algunas personas que aparecían en ellos porque los afectados así lo solicitaron y en cumplimiento de la ley se tuvo que eliminar esa información.
Mª Victoria Aguirre escribió:
Y ya como remate y sin ganas de cachondeo, ¿habrá que pedir permiso al difunto para indicar su fallecimiento?
Mª Victoria
Esta frase me ha hecho mucha gracia