Yo también estoy seguiendo super-interesada las explicaciones de Legris. Nunca habia oyido (como se escribe esto?
) eso de matrimonios secretos...que será?
Aqui es todo mucho más sencillo, creo, aunque claro yo no soy abogada y hablo solo de conocimiento comun. En terminos legales, solo estás casado si te casas civilmente. Cualquier otro vinculo no es valido como matrimonio para lo Estado. Lo que pasa es que se te casas religiosamente, o mejor catolicamente, eso vale legalmente, ya que la Iglesia no casa nadie sin que haya un matrimonio civil. Normalmente es automatico, se hace durante o en el final de la celebracion, pero también puede ser antes. Ningun sacerdote celebra un matrimonio si no es así. Esa es la razón porque cuando alguien se casa por la Iglesia no se pregunte por el civil, está descontado. Esta "convención" que existe con la Iglesia Católica es obviamente por razones de tradición ya que es historicamente la religión más relevante y todavia hoy la mayoritaria. Como sucede en otros cultos, no sé exactamente, pero imagino que el vinculo religioso será en plan de fe y si no lo oficializan civilmente, pues no tiene ningun efecto legal.
Ya la nulidada eclesiastica es algo para olvidar, es rarisimo. Ni vale la pena solicitarla porque no la conceden. A menos que claro se pueda invocar alguna razon muy fuerte y cuando digo fuerte, tiene mismo que ser algo muy sério, como que uno de los contrayentes es deficiente mental, casado sin saberlo o revelarle, si ha habido coacción o si el matrimonio no ha sido consumado, algo así. Y mismo en estes casos, si no es muy flagrante y bien probado, no se consigue la nulidad. No es cuestión de dinero ni de tiempo, se espera que sepas las normas y las consequencias de un matrimonio religioso y como es una elección voluntaria, pues aceptar con responsabilidad las consequencias.