En España la Constitución establece la Regencia en el caso de una inahibilitación total del rey que debe ser aprobada por el Parlamento.
Se suponía que la Constitución debía servir como marco, y a partir de ahí se tenían que haber establecido una serie de leyes sobre regencias, abdicaciones, renuncias... para saber en que casos actuar y el
modo correcto de hacerlo. Siempre se habla de lo necesaria que es una ley de la Corona, para regular eso, y otras cosas tan elementales como la labor del Principe heredero.
Pero el rey nunca pareció interesado en impulsar una ley así, y los distintos gobiernos han pasado. Por eso ahora ante la enfermedad del rey, ante el escándalo Noos... están de manos atadas. Ahora con la situación del país y de la Corona nadie se atreve a hacer esas leyes.
En Noruega si hay una ley de regencia... no hace fata irse tan lejos... cuando el rey Harald ha tenido problemas de salud que le han obligado a estar un tiempo alejado de las actividades oficiales, el principe Haakon ha actuado como regente.
En países como Dinamarca o Jordania, se aplica la regencia cada vez que el monarca sale del país, y cualquier persona en la línea de sucesión la puede ocupar.