Nota de rectificación al Diario "El País" sobre la fiscalización del Tribunal de Cuentas17/03/2016
El diario El País publica en su edición de hoy una noticia acerca de un Informe del Tribunal de Cuentas sobre el Patrimonio Nacional en el que presuntamente “se destapan graves irregularidades en la gestión y contabilidad “.
En relación con dicha noticia, el Patrimonio Nacional desea realizar las siguientes consideraciones:
- El Tribunal de Cuentas ha emitido una nota de prensa en la mañana de hoy recordando que no existe ningún informe definitivo de fiscalización de la contabilidad del Patrimonio Nacional en 2013, ya que, como señala esa misma nota de prensa, la fiscalización se encuentra “en fase de elaboración previa” y, por tanto, su contenido “no tiene por qué coincidir necesariamente con el informe final”.
- El informe al que alude la noticia responde a la labor ordinaria de fiscalización del Tribunal de Cuentas, como también se encarga de recordar éste en la nota publicada, que se realiza de acuerdo con su programa anual de fiscalizaciones. El aludido informe se encuentra, según indica en su nota el Tribunal de Cuentas, “en fase de elaboración previa”. Este primer documento ha sido objeto de extensas y completas alegaciones por parte del Patrimonio Nacional, que han respondido a todos y cada uno de los puntos expresados en el mismo y se encuentran sometidas actualmente a la consideración del Tribunal de Cuentas.
- El Consejo de Administración del Patrimonio Nacional considera la fiscalización del Tribunal de Cuentas como un instrumento relevante para la mejora y
modernización de la gestión de esta Entidad Pública, en concordancia con los objetivos marcados por el Plan Estratégico de Actuación 2013-2016, que por primera vez se ha elaborado, habiendo sido aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 16 de abril de 2013.
- Las Cuentas Anuales del Patrimonio Nacional correspondientes al ejercicio 2013 fueron objeto de la preceptiva fiscalización por la Intervención Delegada en este Organismo que, mediante informe de 26 de junio de 2014, señala que “las cuentas anuales expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional”. Por su parte, la Intervención General de la Administración del Estado ratificó esta opinión cuando le fueron remitidas las Cuentas. Finalmente, tampoco se reflejaron opiniones desfavorables en la aprobación de la Cuenta General del Estado de 2013 que integraba dicha cuenta, ni en el informe emitido por el Tribunal de Cuentas sobre aquella. Y en todo caso el Patrimonio Nacional se ha atenido estrictamente al cumplimiento de la legalidad en todas sus actuaciones.
- En relación con el abono pretendidamente indebido de dietas o asistencias a los miembros del Consejo de Administración, el Patrimonio Nacional manifiesta que – al igual que en la totalidad de los Consejos de Administración de las Entidades Públicas – se aplica el dictamen de la Abogacía General del Estado de 22 de septiembre de 2002, que concluye literalmente: “Procede el abono de “asistencias” a las que se refiere el artículo 27.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio no solo en los casos de concurrencia personal, sino también de concurrencia por representación a las reuniones de los Consejos de Administración de empresas con capital o control públicos”. En ningún otro supuesto se ha procedido al abono de dichas asistencias a los Consejeros que no asistieron a las correspondientes reuniones.
- Por lo que se refiere a la noticia acerca del presunto “troceo de contratos menores”, se subraya que el borrador de informe del Tribunal de Cuentas ha solicitado aclaraciones acerca de 4 supuestos de presunta fragmentación en un conjunto de 393 contratos menores tramitados por el Patrimonio Nacional en 2013. En las alegaciones presentadas por esta Entidad al Tribunal de Cuentas se han aclarado tales supuestos, acreditando que en ningún caso se ha producido fragmentación ni irregularidad alguna. Hay que destacar, además, que el citado borrador afirma en sus conclusiones que “Se aprecia en general un control interno suficiente sobre la actividad de contratación. Los expedientes son bastante completos”.
- Con respecto a la recaudación por venta de entradas, se ignora a qué obedece la información recogida en la noticia, ya que como se ha acreditado al Tribunal no existe discordancia entre las entradas vendidas y la recaudación en caja en ningún caso. De cualquier
modo, los anteriores procedimientos manuales de venta de entradas vigentes en 2013 – en los que, no obstante, no se ha apreciado ninguna irregularidad por parte del Tribunal – fueron reemplazados dentro del Plan de
modernización en 2014 por el actual sistema integrado de venta de entradas (licitado en agosto de 2013) que, además de permitir la venta electrónica, garantiza un riguroso control informático de la venta de entradas y su volcado automático en la contabilidad oficial.
- En relación con la afirmación de que “hay piezas de valor que se han perdido y obras cuyo paradero se ignora”, debe señalarse que el Tribunal de Cuentas tan solo puso de manifiesto algunos cambios en las ubicaciones registradas, que le fueron explicados con todo detalle (préstamos para exposiciones temporales, movimientos a los talleres para restauración de obras, etc.), y que también se afirma en el borrador de informe a que se refiere la noticia que “Las medidas de seguridad de los bienes se consideran en general adecuadas en cuanto a su almacenamiento, conservación, accesos y vigilancia”. En definitiva, todas las piezas sobre las que el Tribunal de Cuentas ha solicitado información se encuentran identificadas.
- En cuanto a la existencia de alquileres simbólicos y cesiones gratuitas de determinados inmuebles que también recoge la noticia, el Patrimonio Nacional manifiesta que tales supuestos en ningún caso obedecen a actuaciones irregulares, ni a tratos de favor. Por el contrario, sólo se producen cesiones gratuitas o arrendamientos de precio simbólico de inmuebles cuando se cumplen dos criterios generales: que el cesionario sea una institución pública y que el inmueble se vaya a dedicar a un uso cultural, recreativo, deportivo y otros para el uso y disfrute de los ciudadanos, sin concurrir ánimo de lucro. Así ocurre, por citar algunos ejemplos, con la cesión de los campos deportivos de Mingorrubio o de la ermita de San Antonio de La Florida al Ayuntamiento de Madrid; del parque público de El Parral y del antiguo hospital del Rey a la Facultad de Derecho de la Universidad de Burgos y al Ayuntamiento de esta ciudad, respectivamente; del campo de fútbol de la Herrería al Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial; del parque público de la Manguilla al Ayuntamiento de El Escorial; de una parcela para colegio público al Ayuntamiento de Santo Tomé del Puerto; del Centro Cultural Canónigos al Ayuntamiento de la Granja de San Ildefonso. Asimismo existen contratos de autorización de instalaciones y reconocimiento de propiedad a precios simbólicos para infraestructuras como postes telefónicos, de energía eléctrica, centros de transformación, conducciones de agua y canalizaciones, suscritos por el Patrimonio Nacional con las compañías que prestan los correspondientes servicios a los inmuebles pertenecientes a esta Entidad. Además hay 70 viviendas, entre las más de 1000 cuyo arrendamiento gestiona el Patrimonio Nacional, cuyo uso se facilita con carácter gratuito al personal al servicio de la Entidad en razón del puesto de trabajo, de acuerdo con la normativa en vigor.
Original
aquí.