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Vamos a ver si despejamos un poco los nubarrones de la ignorancia en cuestiones de derecho.
Primero, una doctrina no es ley, es jurisprudencia. La ley dice lo que dice en general, pero los casos son particulares y la ley debe aplicarse al caso concreto. Es por eso que la ley debe interpretarse de acorde a las circunstancias de casa caso. Ya lo he dicho antes: la ley es igual para todos, somos nosotros y nuestras circunstancias las que son distintas en cada proceso. Si la ley se leyese y aplicase tal cual sin atender a quién está delante de ella, nuestros jueces se convertirían en positivistas. ¿Sabéis quiénes eran positivistas? los jueces alemanes de finales de los 30 y principios de los 40, los que leían "hay que sentenciar judíos a muerte" Y los jueces aplicaban la ley, sin más, sin preguntarse si estaba bien o mal, si era moral o inmoral, porque la ley estaba escrita por los legisladores elegidos por el pueblo y decía lo que decía. Y vaya usted a reclamarle a Hitler si tiene higadillos.
Así que, desde entonces, positivismo es mal, jurisprudencia es bien.
Pero la jurisprudencia no es ley escrita, no es vinculante ni obligatoria. De lo que se trata es de: en un caso concreto se aplica la ley y eso da lugar a una sentencia. Esa sentencia es la interpretación del juez de esa ley general a ese caso concreto (todas las sentencias son eso), esa sentencia se convierte en jurisprudencia. En un caso futuro, con circunstancias muy similares (repito: muy similares, si no, no vale) el fiscal o abogado pueden recordarle al juez que esa sentencia ya se emitió para un caso parecido, y el juez decide si la misma sentencia sería válida para este y así se ahorra darle vueltas a la aplicación de una ley porque un compañero ya lo ha hecho antes por él. Este sistema es llevado al extremo por los estadounidenses, país en el que no hay leyes escritas, no hay códigos civil ni penal, todos los casos se resuelven buscando en la jurisprudencia anterior sentencias similares a la que les ocupa, se las presentan al juez y él elige la que cree más acorde.
En España sí hay ley escrita, por lo que la jurisprudencia no es de obligado cumplimiento. Cada juez puede aplicar la ley en cada caso concreto porque, aunque sean similares, nunca hay dos iguales. La jurisprudencia no es obligatoria ni vinculante, que ella dicte que con menos de dos años y medio de condena la gente no entra en la cárcel no quiere decir que eso sea ley escrita inamovible y que un juez no pueda meter a alguien en la trena para que cumpla unos meses. Preguntádselo a la Pantoja.
Así que ninguna de las jueces estaba obligada a aplicar la jurisprudencia del caso Botín por narices. Ni aunque los casos fuesen similares, que NO lo son. He aquí la cuestión, lo que le pasó a Botín NO es lo que le pasa a Cristina.
Veamos las diferencias:
A Botín se le acusa de defraudar a Hacienda. Hacienda se persona en la causa como principal afectado, el fiscal se persona en nombre del Estado y la acusación popular en nombre de "la gente" (en teoría, no sé quién les ha dado el derecho a los de Manos Blancas a hablar en mi nombre, ya que yo soy parte de esa gente, pero bueno)
Empieza la investigación. Hacienda investiga sus cuentas, el fiscal investiga lo suyo y pide a Botín que presente pruebas de qué hizo con ese dinero. Botín las presenta. Hacienda y el fiscal las revisan. ¡Ops! las pruebas son claras y concluyentes, no hay delito, no hay fraude, Botín ha probado su inocencia y ambos acusadores han metido la pata. Van al juez y lo reconocen. Botín no debe dinero al fisco.
(Así que Halcón, la jurisprudencia Botín no se la sacó nadie de la manga para librar a un evasor. Él demostró que era inocente. Si las cuentas que presentó estaban amañadas y las pruebas eran falsas, es algo que el fiscal debió investigar, de hecho seguro que lo hizo, y no encontró nada. Probablemente había algo y no supieron verlo, pero en el Estado de Derecho sin pruebas concluyentes no vas a ninguna parte, aunque revientes con la razón)
La acusación popular insiste en que sí, que sí, que sí. Que Botín tiene que ir al banquillo porque ellos lo denuncian. Y el juez les responde que, si la propia perjudicada que es Hacienda admite que Botín no les debe dinero, si el fiscal no ha encontrado pruebas de que esas cuentas presentadas por Botín son falsas o delictivas... ¿para qué van a sentarlo en el banquillo? Si la acusación popular tampoco aporta pruebas concluyentes, porque no las hay, lo único que conseguirán es juzgarlo para declararlo inocente, tener su foto en el banquillo (que es lo que en realidad pretenden) pero al final será para nada, hacer perder el tiempo a la justicia y gastar presupuesto a lo tonto.
De esa sentencia se derivó la siguiente jurisprudencia: si el fiscal y el principal afectado de un delito encuentran que la persona a la que acusan no es culpable, el proceso no seguirá adelante sólo con la acusación popular. Pongamos un caso extremo: un sábado por la noche un famoso que está borracho me suelta un guantazo. Lo acuso de lesiones, el fiscal lo acusa también y la acusación popular, por lo que sea, decide personarse así mismo. Vamos a juicio y cuando se empiezan a presentar las pruebas yo digo "no perdona, este tipo no es el que me dio el guantazo, este es rubio y el otro era moreno", el fiscal dice "yo sé que el rubio estaba allí esa noche pero no tengo pruebas de que fuese él el que soltase el guantazo" y la acusación popular insiste en que sí, que sí, que sí hay que juzgar al rubio, porque estaba allí y ellos insisten. Y el juez dice: "pero es que la persona que recibió el golpe dice que no es y el fiscal dice que no tiene pruebas ¿cómo vamos a juzgarle sólo porque a vosotros os sale del fafarique y queréis ver al famoso en el banquillo?"
La jurisprudencia derivada del caso Botín es bastante lógica ¿no? Lo que pasa es que Cristina NO está en la misma situación. Veamos:
Botín. Hacienda: no es culpable de fraude fiscal. Fiscal: no es culpable de fraude fiscal. Acusación pública: que sí, que sí, que sí lo es.
Cristina. Hacienda: es culpable de fraude fiscal pero no tanto como para ir a juicio, me conformo con la multa. Fiscal: es culpable de fraude fiscal pero según Hacienda no tanto como para ir a juicio, Hacienda se conforma con la multa. Acusación pública: si este par admiten que es culpable de fraude es que era consciente de los tejemanejes de su marido y, como mínimo, vivió como una reina a costa de ese dinero ilícito. Además no nos creemos que no sea tan poco dinero como para no ir a juicio, teniendo en cuenta de lo que se acusa a su marido.
¿Apreciáis la sutil diferencia no? Para el fiscal y para Hacienda, principal perjudicada, Cristina ES culpable donde Botín demostró que era inocente. Así que las jueces declaran que aplicar la misma jurisprudencia no ha lugar. Lo que se discute no es si Cristina cometió un delito, las tres acusaciones están de acuerdo en que defraudó, sino cuánto dinero defraudó. Eso es lo que las jueces pretenden averiguar porque, igual que Manos Limpias, no lo deben tener muy claro. Ya puestos yo tampoco, si a Urdangarín se le acusa de chulear a Hacienda varios millones de euros que fueron a parar a sus cuentas durante años ¿cómo es que su mujer sólo gastó menos de 120.000€ en el mismo periodo? Me permito recordaros que ya os expliqué cómo Hacienda apañó los balances de ingresos y gastos de la infanta en su primer informe, poniendo lo de la casilla A en la casilla B del impreso, de forma que se aseguraron que no llegase el monto que les debía a los 120.000€. No es ilegal, es ingeniería financiera, todos podemos hacer lo mismo (de hecho todos probamos todos los años con el Programa Padre si hacer la declaración conjunta o separada nos hace pagar menos, o si ponemos este gasto como deducible nos ahorramos unos eurillos) La cuestión es que Hacienda no te dice qué tienes que hacer tú para pagar menos, tienes que ser tú o tu asesor el que se de cuenta de que si pones A en lugar de B no es fraude y pagas menos. A Cristina se lo hicieron. Jamás en toda mi vida había visto a la oficina fiscal arreglarle las cuentas a una persona para demostrar que pagó de más. Suelen hacer al contrario.
En fin, lo dicho, hasta el propio fiscal del caso ha admitido que, pese a que no está de acuerdo con las jueces y cree que las similitudes de los casos son suficientes como para aplicar la doctrina Botín, entiende la resolución de las tres magistradas y la encuentra sólida, fundamentada y correcta.
_________________ La expresión suprema de la belleza es la sencillez. Alberto Durero.
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