Me alegro de que al final haya prevalecido el sentido común...
Un juzgado reconoce el derecho de los hijos «ilegítimos» a heredar títulosABC MANUELA MARTÍN / BADAJOZ Día 28/03/2014 - 02.16h
La Audiencia Provincial de Badajoz recuerda que ante la Constitución todos son igualesRaquel Muguiro podrá ser algún día condesa de Casa Ayala. Así lo determina una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Badajoz, que revoca otra anterior del Juzgado de Instrucción número 1 de la capital pacense, en la que se negaba la pretensión de la joven, que tiene veinte años y estudia Derecho.
La Audiencia es muy clara al señalar que no tiene sentido hacer distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. E incluso que la expresión «hijos ilegítimos» es, además de «anacrónica e ilegal», de dudosa moralidad. El pleito tiene su origen en la decisión del actual conde de Ayala, Pedro Muguiro, de ceder el título nobiliario a su hermano Alejandro. La cesión se hizo en una notaría en Cáceres en 2011 y el cambio de titular fue ratificado por el Rey y publicado en el BOE. Sin embargo, esa cesión fue recurrida por Raquel, la única hija de Pedro Muguiro, nacida fuera del matrimonio, pero que consiguió ser inscrita como su hija después de plantear una demanda de paternidad en la que las pruebas de ADN demostraron que lo era. A partir de ese momento, Pedro Muguiro, que no tiene más hijos, decidió ceder el título a su hermano.
Carta de Carlos IV
Raquel y su madre consideraron que la cesión era una maniobra del padre para evitar que a su muerte lo heredase ella; pleitearon y el Juzgado que vio la demanda en primera instancia rechazó su pretensión porque la juez consideró que por encima de la Constitución que establece que todos los españoles somos iguales ante la ley, sin importar el origen, está la carta de concesión del título nobiliario de conde de Casa Ayala. Ese documento, firmado por Carlos IV en 1791, decía que se concedía el título a Manuel López de Ayala y a sus hijos y sucesores «nacidos de legítimo matrimonio». Y a esa disposición se agarró la juez para rechazar de plano la demanda de Raquel.
Como no estaba de acuerdo con la sentencia, el abogado de Raquel Muguiro presentó recurso ante la Audiencia Provincial y, tres meses después, este tribunal ha revocado el fallo inicial. En la sentencia, la Audiencia asegura que la «cesión en vida de un título nobiliario solo resulta posible si no se perjudica el derecho de aquella persona a quien en caso de muerte del titular le correspondería ostentar el título». Esa cesión solo se puede hacer si el heredero del título lo acepta. Y en este caso no se daba esa condición. La Audiencia reconoce que, dado que Raquel es la única hija, tiene más derecho que el hermano del conde.
En cuanto a que Raquel haya nacido fuera del matrimonio, la Audiencia es tajante. Reconoce que la carta alude a que lo heredarán los hijos legítimos, pero considera que esta distinción no tiene sentido hoy. «Tal prevención ha de situarse en el momento en que se otorgó el título, cuando la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos era comúnmente aceptada. Pero en el presente tal cosa carece totalmente de sentido», argumenta el tribunal, que recuerda que la Constitución no permite distinguir entre hijos nacidos dentro y fuera del matrimonio. Por todo ello, la Audiencia declara nula la cesión del título de conde de Casa Ayala a Alejandro Muguiro, por ser «mejor y preferente» el derecho genealógico de Raquel Muguiro, se anula la orden que firmó el Rey y se condena a ambos hermanos al pago de las costas del juicio en la primera instancia. Y a Raquel, se le restituye su legítimo derecho.
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(R. Trecet)