Clara escribió:
En rigor, el Rey Alberto sigue utilizando su numeral porque así anunció la Corte que debía ser tratado. Ante las dudas de la prensa, hablaron de su padre, Leopoldo III, como precedente.
En el caso del Rey Juan Carlos nos tenemos que remitir a la disposición transitoria cuarta del Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real. Ahí se indica:
"Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias".
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodem ... arlos.aspxSi en esa disposición se hubiera añadido el numeral, con numeral debería ser tratado. Así que en el tratamiento oficial post abdicación el numeral desaparece. Lo mismo debería suceder en las cuentas o webs institucionales. Es una chorrada, pero es lo correcto en los usos y estilos propios de la Casa Real española. El numeral se reserva para el Rey reinante o difunto.
Lo mismo ha sucedido con la Reina Margarita de Dinamarca. Han borrado el numeral de todas las cuentas oficiales. Ahora es la Reina Margarita. Aunque lo ideal es acostumbrarse a referirse al soberano reinante como el Rey o la Reina a secas para distinguirlo de reyes padres o abuelos.
Clara, yo siempre pensé en lo que dices. Es más, a veces le comentaba a la gente que decía "Juan Carlos I" (a día de hoy), que no es así, sino "rey Juan Carlos", a secas. Tuve que ir a mirar el decreto, porque empecé a dudar al verlo tantas veces en los telediarios, alucinando yo.
Para referirse cuando reinaba efectivamente (ya es un periodo histórico), Juan Carlos I. Claro.
Otro caso es cuando se fuerza el protocolo por razones políticas o de realidad importantes, es decir, se adapta. Fue el caso de los Condes de Barcelona. El Conde de Barcelona lleva aparejado el tratamiento de Majestad, no de A. R. Incluso constitucionalmente, pues el Cap. II dice "y los títulos históricos tradicionales del Rey"... separando un título soberano del rey en ejercicio. Así que se hizo por R. D. aunque la norma sea inferior a la C.E. (...) Menos mal que nadie se le ocurría llevarlo al Constitucional en esa época, ni se sabía mucho sobre estas cosas... Digamos que se sobreentendía algo parecido a lo que ocurre en el R. U., (duques de Essex), pero aquí pasando la vista un poco por razones también sentimentales y políticas (al menos hasta el -86; después, jugaban a la sencillez en estas cuestiones aún)