Foro DINASTÍAS | La Realeza a Través de los Siglos.

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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 20:35 
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Registrado: 10 Jul 2020 20:50
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:surprised: :surprised: :surprised: Que sorpresa mala, al menos para mi, nunca había leído que tenían dificultades, que pena, que sea lo mejor para ambos, me caen los dos superbien


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 21:03 
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Registrado: 11 Mar 2020 07:00
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creo que desde hace un tiempo si se nota la distancia


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 21:34 
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Registrado: 29 Ago 2011 16:48
Mensajes: 15289
Ubicación: Gijón. Principado de Asturias.
Antes él aparecía en las historias de Instagram de ella todo el tiempo. Hace meses que apenas se le ve el pelo, ya había especulaciones en los comentarios.

_________________
La expresión suprema de la belleza es la sencillez.
Alberto Durero.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 21:49 
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Registrado: 22 Abr 2015 18:57
Mensajes: 24232
Ubicación: España
La frialdad en redes lleva apreciándose desde hace unos años. Eran como el Guadiana. Se notaba que pasaba algo, como si tuvieran idas y venidas, fiestas separados, pasando temporadas en distintos lugares... y de repente aparecían con felicitaciones para el otro.

Una pena, porque formaban un parejón.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 22:36 
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Registrado: 26 Mar 2019 23:04
Mensajes: 6846
Ines escribió:
:surprised: :surprised: :surprised: Que sorpresa mala, al menos para mi, nunca había leído que tenían dificultades, que pena, que sea lo mejor para ambos, me caen los dos superbien

Me siento igual que tú.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 19 Abr 2024 22:43 
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Registrado: 27 Abr 2020 11:14
Mensajes: 3336
Una lástima, me parecían una buena pareja. Si han acabado en buenos términos, mejor.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 12:49 
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Registrado: 05 Jun 2021 19:47
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Clara escribió:
En rigor, el Rey Alberto sigue utilizando su numeral porque así anunció la Corte que debía ser tratado. Ante las dudas de la prensa, hablaron de su padre, Leopoldo III, como precedente.

En el caso del Rey Juan Carlos nos tenemos que remitir a la disposición transitoria cuarta del Real Decreto del 6 de noviembre de 1987 sobre Régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real. Ahí se indica: "Don Juan Carlos de Borbón, padre del Rey Don Felipe VI, continuará vitaliciamente en el uso con carácter honorífico del título de Rey, con tratamiento de Majestad y honores análogos a los establecidos para el Heredero de la Corona, Príncipe o Princesa de Asturias".

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodem ... arlos.aspx

Si en esa disposición se hubiera añadido el numeral, con numeral debería ser tratado. Así que en el tratamiento oficial post abdicación el numeral desaparece. Lo mismo debería suceder en las cuentas o webs institucionales. Es una chorrada, pero es lo correcto en los usos y estilos propios de la Casa Real española. El numeral se reserva para el Rey reinante o difunto.

Lo mismo ha sucedido con la Reina Margarita de Dinamarca. Han borrado el numeral de todas las cuentas oficiales. Ahora es la Reina Margarita. Aunque lo ideal es acostumbrarse a referirse al soberano reinante como el Rey o la Reina a secas para distinguirlo de reyes padres o abuelos.

Clara, yo siempre pensé en lo que dices. Es más, a veces le comentaba a la gente que decía "Juan Carlos I" (a día de hoy), que no es así, sino "rey Juan Carlos", a secas. Tuve que ir a mirar el decreto, porque empecé a dudar al verlo tantas veces en los telediarios, alucinando yo.
Para referirse cuando reinaba efectivamente (ya es un periodo histórico), Juan Carlos I. Claro.

Otro caso es cuando se fuerza el protocolo por razones políticas o de realidad importantes, es decir, se adapta. Fue el caso de los Condes de Barcelona. El Conde de Barcelona lleva aparejado el tratamiento de Majestad, no de A. R. Incluso constitucionalmente, pues el Cap. II dice "y los títulos históricos tradicionales del Rey"... separando un título soberano del rey en ejercicio. Así que se hizo por R. D. aunque la norma sea inferior a la C.E. (...) Menos mal que nadie se le ocurría llevarlo al Constitucional en esa época, ni se sabía mucho sobre estas cosas... Digamos que se sobreentendía algo parecido a lo que ocurre en el R. U., (duques de Essex), pero aquí pasando la vista un poco por razones también sentimentales y políticas (al menos hasta el -86; después, jugaban a la sencillez en estas cuestiones aún)


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 12:51 
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Registrado: 05 Jun 2021 19:47
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En el R.U. las disposiciones constitucionales y jurídicas, además, son muy diferentes a las españolas.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 13:04 
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Aunque ahora que vuelvo a mirar el Titulo II de la C. E., y el R. D. de 1987, no se especifica cuáles son los títulos esos que correspondan a la Corona...


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 13:16 
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Registrado: 05 Jun 2021 19:47
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Ahora entiendo. Esos títulos son los que el Rey o la Reina determinen (la Corona) "corresponder" en algún momento. Nada dice que sean los tradicionales. Una cosa es que diga que es el heredero legítimo de la dinastía histórica, pero en otro número del texto. No tiene porqué inferirse nada.
Entonces no es siquiera ambiguo constitucional.
Es verdad que en España, digamos, también sabía que se actuó como nueva monarquía, algo elegido o querido por los españoles, como pasó con Amadeo I o, sobre todo, con Leopoldo I de los Belgas. Otra cosa es que mentalmente también nos parezca una restauración (Alfonso XII), y que se hizo añadir lo de "heredero legítimo" de su dinastía por contentar al Rey y también por razones obvias históricas. Las infantas Margarita y Pilar fueron "infantas" legalmente en 1987, pero nadie se le ocurrió decir que no lo eran. Parece lioso pero cobra sentido. Es, desde luego, una instauración, aunque ayuda mucho la historia, claro, le da una legitimidad extra más allá de lo legal.


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 14:04 
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Registrado: 26 Mar 2019 23:04
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Es una pena que D. Juan Carlos no hubiera podido abdicar con el título de conde de Barcelona.

Por cierto, ¿qué numeral lleva el rey de los Países Bajos?


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 Asunto: Re: GRECIA (II)
NotaPublicado: 20 Abr 2024 14:13 
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Registrado: 06 Dic 2018 21:25
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Los títulos históricos que corresponden a la Corona son los que son, porque con ellos se han intitulado los reyes hasta el siglo XIX. En la Constitución no se refieren, por ejemplo, al ducado de Cádiz, al de Lugo o al de Palma, que no son títulos propios del rey de España.

Esa referencia se refiere a lo que se agrupa en esa titulatura tradicional asociada a Castilla, León, Aragón, etc, y que se fue conformando a medida que se fue conformando la realidad que hoy llamamos España y que es la categoría a la que pertenece el Condado de Barcelona, propio de los soberanos del principado de Cataluña.

La Infanta Pilar y la Infanta Margarita fueron infantas de pleno derecho desde su nacimiento, no desde 1987. Entre otras cosas porque Franco nunca pudo asumir lo que no le correspondía y porque Alfonso XIII nunca renunció a sus prerrogativas reales. Nunca se rompió la sucesión dinástica (tampoco es casual que en la ley de sucesión a la jefatura del Estado se nombrara como tal al entonces Príncipe don Juan Carlos. La presión para mantener esa sucesión era clara. Una instauración hubiera sido que triunfara la vía del Duque de Cádiz) y, por tanto, hablar de instauración es pretender asociar la monarquía constitucional al propio franquismo, cuando no emana de ahí sino de la propia evolución de un catastrófico siglo XX. Que Don Juan recibiera honores de rey no es algo casual (y mucho menos inconstitucional) sino una nueva forma de superar, a través de los símbolos, la convulsión vivida en España durante varias décadas.

El reinado de Don Juan Carlos no se parece, en nada (tampoco históricamente) al de Amadeo, que sí fue una nueva dinastía y un rey elegido expresamente por las Cortes después de que se derrocara a la reina. Por eso con Alfonso XII no se puede hablar de instauración, sino de restauración, tras un paréntesis. En el caso de la Transición la diferencia es que esa restauración se hizo desde el mismo Estado para evitar lo que podría suponer hacerlo desde fuera. Esa es la gran victoria: desde la ley a la Ley.


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